Objeto de la norma
El 20 de setiembre de 2025 se promulgó la Ley N.° 32445, que autoriza el retiro extraordinario y facultativo de hasta 4 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) de los fondos de los afiliados al Sistema Privado de Pensiones (AFP).
La medida es de carácter voluntario y alcanza a todos los afiliados, sin excepción.
Procedimiento de retiro AFP 2025
- La solicitud podrá presentarse de manera física o virtual dentro de los 90 días calendario posteriores a la vigencia del reglamento que emitirá la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).
- El retiro se abonará en cuotas de hasta 1 UIT cada 30 días.
- El primer desembolso se realizará a los 30 días de presentada la solicitud.
- El afiliado puede desistir de continuar con los retiros, comunicándolo a la AFP al menos 10 días antes del siguiente desembolso.

Intangibilidad de los fondos
Los montos retirados no podrán ser objeto de embargo, compensación, descuento ni retención de ningún tipo, ya sea por orden judicial o administrativa.
👉 Excepción: se permite la retención de hasta el 30 % para deudas alimentarias.
Rol del sistema financiero
- Los bancos, incluido el Banco de la Nación, y las empresas emisoras de dinero electrónico podrán abrir cuentas a nombre de los beneficiarios sin necesidad de contrato previo.
- Las AFP estarán facultadas para compartir con estas entidades los datos personales indispensables para realizar las transferencias.
- El secreto bancario no será aplicable en este proceso, permitiendo identificar cuentas existentes de los afiliados.
- Las cuentas podrán usarse para otros fines, y cerrarse si permanecen inactivas por más de seis meses.
Disponibilidad al jubilarse
La Ley 32445 también amplía opciones al momento de la jubilación:
- El afiliado podrá retirar hasta el 95.5 % del fondo disponible en su Cuenta Individual de Capitalización (CIC).
- El 4.5 % restante deberá ser transferido por la AFP directamente a Essalud, dentro de los 30 días siguientes, para garantizar acceso a prestaciones de salud.
- Quienes elijan esta modalidad no tendrán derecho a garantía estatal de pensión.
Plazos y reglamentación
La SBS deberá aprobar en un plazo máximo de 30 días calendario el reglamento operativo que precise el procedimiento de solicitudes, desembolsos y condiciones de las cuentas.
Impacto esperado
El retiro extraordinario AFP 2025 busca dar liquidez a los hogares en un contexto de necesidades económicas inmediatas. Sin embargo, especialistas advierten que también puede afectar la sostenibilidad del sistema previsional y reducir las pensiones futuras.
La Ley N.° 32445 representa un nuevo hito en la serie de medidas excepcionales que han permitido el retiro de fondos previsionales en el Perú durante los últimos años. Por un lado, la norma responde a una demanda ciudadana legítima: la necesidad de contar con recursos inmediatos para enfrentar gastos urgentes, atender deudas o cubrir contingencias familiares. En un contexto económico complejo, caracterizado por la desaceleración y la presión inflacionaria, la posibilidad de disponer de hasta 4 UIT ofrece a los afiliados una válvula de alivio financiero en el corto plazo.
Sin embargo, el carácter extraordinario de este tipo de disposiciones plantea interrogantes de mayor alcance. El Sistema Privado de Pensiones fue diseñado como un mecanismo de ahorro de largo plazo destinado a asegurar pensiones dignas en la vejez. Al autorizar retiros sucesivos de fondos, se tensiona el equilibrio entre el derecho a la liquidez presente y el derecho a la seguridad social futura. El legislador ha optado nuevamente por priorizar el acceso inmediato a los fondos, con el riesgo de que muchos afiliados, especialmente los más jóvenes, vean reducidas significativamente sus pensiones en el futuro.
Otro aspecto relevante es la intangibilidad de los montos retirados y la apertura simplificada de cuentas para facilitar la transferencia de recursos. Estas medidas fortalecen la confianza en la disponibilidad efectiva de los fondos, aunque también generan debates sobre la protección de datos personales y los límites del secreto bancario. Asimismo, el aporte obligatorio del 4.5 % a Essalud busca garantizar cobertura en salud para quienes retiren hasta el 95.5 % de sus fondos al jubilarse, equilibrando el acceso inmediato con la sostenibilidad mínima de la seguridad social.
En síntesis, la Ley 32445 es una respuesta política y social a la necesidad de liquidez, pero evidencia la fragilidad estructural del sistema previsional peruano. La discusión de fondo no debería centrarse únicamente en habilitar retiros periódicos, sino en construir un modelo de pensiones sostenible, equitativo y transparente que brinde seguridad real en la vejez. El desafío es encontrar un equilibrio entre las urgencias del presente y la responsabilidad con el futuro, asegurando que las generaciones actuales y venideras tengan acceso a una verdadera protección social.

